Abogado experto en derecho de familia logra la extinción de la pensión de alimentos de una joven de 25 años que cursa su segundo máster.

La extinción de la pensión de alimentos es fruto del trabajo de Jesús Odériz,abogado experto en Derecho de Familia.

 

Cuando se estableció la pensión la hija tenía 21 años y se encontraba cursando estudios de grado superior en veterinaria en una universidad privada, apreciándose su situación de dependencia económica.

Ahora la Audiencia Provincial de Valencia ha extinguido la obligación de un padre a sufragar los gastos de su hija mayor de edad, quien decidió no trabajar y prolongar su formación académica realizando un segundo máster, motivo por el cual la joven recibe una beca de 800 euros mensuales.

LOS HECHOS DE LA EXTINCIÓN DE LA PENSIÓN DE ALIMENTOS

Pasados 4 años el padre de la menor ha presentado un recurso, mediante el abogado experto en derecho de familia Jesús Odériz, alegando ante la Audiencia Provincial de Valencia que la joven ya había alcanzado una independencia económica tras su primera formación y experiencia laboral, lo cual la hacía apta para ingresar al mercado laboral sin depender de su ayuda económica.

El abogado de familia Jesús Odériz en su despacho de Marbella

Actualmente la hija tiene 25 años, se encuentra realizando estudios de posgrado y ha acumulado una experiencia laboral de aproximadamente dos años y medio en el desempeño de servicios relacionados con su campo profesional, percibiendo además una beca de 800 euros.

LA SENTENCIA

En estas circunstancias, la Sala considera que la hija ha culminado su formación superior reglada y reúne capacidad suficiente para su inserción laboral plena. Y si ha resuelto continuar su formación mediante el desarrollo de un segundo máster que, según dice, es incompatible con otra actividad laboral, es por una sola decisión personal que el padre no está en la obligación de soportar forzosamente.

EL PADRE NO ESTÁ OBLIGADO A “SOPORTAR FORZOSAMENTE” ESOS GASTOS

En este sentido la Audiencia Provincial de Valencia ha recordado que la obligación del progenitor de prestar alimentos a favor del hijo mayor de edad no persiste indefinidamente en el tiempo; “al menos no por el extremo de que este resuelva desarrollar una carrera académica amplísima, cursando estudios de grado y sucesivos estudios de posgrado, en lugar de procurar su inserción en el mercado laboral de manera inmediata y óptima, tratando de compatibilizar su progresión profesional con el seguimiento de programas de formación continua adicionales”.

En consecuencia, las gestiones desplegadas desde el despacho Odériz Echevarría Abogados han logrado que se extinga la pensión alimenticia a satisfacer por el padre a favor de la hija, siendo uno de los mejores abogados de familia en Málaga.

 

Firmado por Miguel Rodero

               APFS de Béjar

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